EL PLURAL | 18-06-2010 | Tribuna Libre
Lo que hay que oír
El ministro de Trabajo rechaza que la idea de la reforma laboral sea universalizar el “contrato de fomento” con indemnización de 33 días por despido improcedente. Si no es esa la idea, ¿por qué se generaliza entonces a todos los colectivos este tipo de contrato? También dice que se mantienen los derechos adquiridos de los “contratos indefinidos ordinarios” con indemnización de 45 días por despido improcedente, pues la reforma no tiene efectos retroactivos para este tipo de trabajadores. Faltaría más, señor ministro. Eso no es mérito ni de usted ni de su gobierno. La Constitución española garantiza en su artículo 9.3 “la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales”. La vicepresidenta Fernández de la Vega dice que la reforma laboral trata de reducir la temporalidad excesiva. ¿Por eso se permiten los “contratos por obra y servicio” hasta cuatro años, empeorando la propuesta inicial de dos años? Lo que queda claro con esta reforma laboral es que, al generalizar el “contrato de fomento”, se certifica la defunción del “contrato indefinido ordinario” y, por tanto, se abarata el despido, pues se reduce la indemnización improcedente de 45 a 33 días por año trabajado. Y encima hay que aguantar que digan que no se reducen derechos laborales.
Francí Xavier Muñoz, Madrid
http://www.elplural.com/tribuna_libre/detail.php?id=47743
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