martes, 13 de noviembre de 2012

MI REFLEXIÓN | Ni se casan ni se cansan

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    La Conferencia Episcopal Española ha difundido recientemente una nota de prensa sobre el matrimonio homosexual y la sentencia del Tribunal Constitucional al respecto. Como era de esperar, los obispos españoles siguen sin aceptar el matrimonio homosexual, a pesar de que éste no se impone en el Derecho Canónico, aunque lo pareciera tras la reacción furibunda de los prelados. Veamos sus argumentos…
    Advierten los obispos de que “la legislación española sobre el matrimonio es gravemente injusta”. Sin embargo, lo que de verdad es injusto es que los obispos españoles mientan de esa manera, cuando la legislación española sobre el matrimonio civil es una de las más justas del universo, junto a las de otros once países que también tienen legislaciones justas sobre el matrimonio. La justicia de todas esas legislaciones deriva del hecho de que todas ellas prohíben la discriminación por orientación sexual en el acceso a la institución jurídica del matrimonio civil. No sé si los obispos españoles saben que la prohibición de discriminación por orientación sexual se incluye en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, por tanto, los ordenamientos jurídicos deben respetar dicha prohibición. Poco a poco, en el ámbito de la Unión, todos los países miembros irán eliminando dicha discriminación de sus legislaciones sobre matrimonio. Hoy es Francia, mañana será otro país y, pasado, otro.
    Consideran los obispos en su nota que es “urgente una modificación de la ley para proteger la institución [del matrimonio] y la familia”. Parece que los obispos se confunden de orden, pues el matrimonio católico y su familia derivada deben estar protegidos, precisamente, por la Iglesia católica. Del matrimonio civil y de los distintos tipos de familia (derivadas o no de matrimonio) se deben ocupar y se ocupan los poderes públicos. Esta confusión de orden (civil y religioso) era propia de épocas anteriores al siglo XIX, pero a comienzos del siglo XXI revela que lo urgente de verdad es una modificación de la Conferencia Episcopal para preservar la continuidad de la Iglesia.

    Piensan los obispos que “actualmente no se reconoce ni se protege por ley el derecho de quienes contraen matrimonio a ser reconocidos expresamente como esposos y esposas”. Sin embargo, ese derecho lingüístico al que apelan los obispos no se suprime en el orden religioso, luego en las bodas católicas los contrayentes podrán seguir llamándose esposos y esposas si así lo desean. La Conferencia Episcopal no entiende que en el orden civil es el legislador quien elige los términos para referirse a los conceptos jurídicos. Una vez más, los obispos españoles parecen no haber avanzado con los tiempos. Los términos “cónyuge”, “consorte” o “contrayente” son términos neutros, sin género, apropiados precisamente para una legislación sobre matrimonio por fin igualitaria que no discrimina ni en razón de sexo ni en razón de identidad u orientación sexual, siendo así una de las legislaciones más avanzadas del mundo en dicha materia. Además, mantener los términos de “esposo” y “esposa” para las partes contratantes en un matrimonio contraviene lingüísticamente la posibilidad de disolución de dicho matrimonio que permite, precisamente, el ordenamiento jurídico civil. Por tanto, eran ya unos términos anacrónicos.        

    Piensan también los obispos que “actualmente no se reconoce ni se protege por ley el derecho de los jóvenes a ser educados como esposos y esposas del futuro”. Con esta afirmación tan peregrina la Conferencia Episcopal definitivamente ha perdido el norte. ¿Desde cuándo una legislación civil tiene que instruir a los sujetos de derecho en el matrimonio? Otra cosa es que se impidiera a los padres católicos instruir a sus hijos para dicha institución, lo que ninguna norma civil prohíbe. ¿No será que el ministerio católico al frente de las diócesis e iglesias no está dando los frutos deseados y por eso los obispos pretenden que el Estado les eche una mano en su cruzada matrimonial? Resulta sorprendente (e intolerable) que a estas alturas del siglo XXI todavía la jerarquía católica piense, hable y actúe como si no se hubiera hecho la transición del Estado absoluto al Estado democrático.

    Piensan también los obispos que “actualmente no se reconoce ni se protege por ley el derecho de los niños a disfrutar de un padre y de una madre, en virtud de cuyo amor son acogidos en una familia estable”. Sin embargo, por mucho que le pese a la Iglesia, ninguna ley -ni siquiera de Derecho Canónico- puede garantizar el derecho de los hijos a disfrutar de progenitores; lo único que pueden imponer las leyes son derechos y deberes básicos para progenitores e hijos, sean quienes sean aquellos y éstos. Por otro lado, los obispos vuelven a insultar y a despreciar cuando en esa afirmación equiparan la estabilidad familiar a la composición masculina y femenina del hogar parental; con lo que vuelven a negar dicha estabilidad familiar a hogares monoparentales u homosexuales.

    En definitiva, ninguna ley civil, por mucho que le pese a la Iglesia, debe reconocer el derecho exclusivo al matrimonio religioso. Por otro lado, el ordenamiento jurídico protege los derechos básicos de todo niño, sea natural, acogido o adoptado, sean quienes sean los progenitores. Otra cosa es que a los obispos no les gusten otros tipos de familias distintas a las mandatadas por la doctrina de su Iglesia, lo que no les da derecho a despreciarlas. En toda su diatriba contra los matrimonios homosexuales parece que temieran más a la libertad que a su propia religión, es decir, parece que temieran una conversión en masa a la homosexualidad, lo que no deja de tener su gracia si no fuera porque dicho temor revela un pensamiento cuasi paranoico. Aunque, ciertamente, la libertad siempre ha sido el peor adversario de la religión; nada mejor que la restricción intelectual para dogmatizar, adoctrinar y, en definitiva, adormecer a las masas.

    Consideran los obispos en su nota de prensa que “es su obligación ayudar al discernimiento acerca de las leyes”, con lo que demuestran una vez más que su reloj se detuvo en el tiempo pues parece que todavía no se han percatado de que el régimen constitucional eximió a los obispos de tan alta responsabilidad: ahora, las leyes se disciernen en el Parlamento y se aplican e interpretan por los jueces. Además, el discernimiento jurídico de los obispos siempre estaría mediatizado por la doctrina de la Iglesia, luego no sería nunca un discernimiento ni ecuánime ni neutral, así que no nos serviría de mucha ayuda.

    Dicen también los obispos que “ahora se establece una insólita definición legal del matrimonio con exclusión de toda referencia a la diferencia entre el varón y la mujer”. Efectivamente, esto es así, pero no es insólito. Se excluye tal diferencia sexual porque se amplía la institución civil del matrimonio a las personas del mismo sexo, ya que la orientación sexual no puede justificar la discriminación ni en la ley (igualdad material) ni ante la ley (igualdad formal), según las aportaciones más avanzadas al Derecho Internacional que se han hecho en materia de derechos fundamentales y humanos.

    La Conferencia Episcopal dice que “su defensa es a favor del verdadero matrimonio y de su reconocimiento jurídico por su convencimiento de las consecuencias negativas que se derivan para el bien común”, con lo que los obispos demuestran una vez más su totalitarismo ideológico ya que insisten en identificar lo verdadero con lo católico y el bien común con el suyo particular. Hay que reconocer que el matrimonio civil es más amplio y democrático que el católico, pues éste solo incluye al contraído por personas de distinto sexo. Quizás esa superación moral es la que realmente duele a los obispos.

    Los obispos también afirman “con dolor” que “las leyes vigentes en España no reconocen ni protegen al matrimonio en su especificidad”. Parece que, para practicar el celibato, los obispos dan mucha importancia al sexo pues conceden al matrimonio su carácter específico en la diferencia de los sexos, no en la vida en común por amor y cariño, por ejemplo. De esta declaración se desprende que para los obispos no hay matrimonio válido si no hay hijos naturales concebidos en él, único carácter específico del matrimonio entre personas de distinto sexo. El resto de matrimonios (incluso aquellos que voluntariamente no desean concebir) no serían para los obispos específicos de la Iglesia, es decir, que serían matrimonios de segunda.

    Finalmente, piden los obispos “a María Santísima que cuide de las familias e interceda por los gobernantes”. ¿No deberían ser ellos quienes intercedieran por las familias exigiendo a los gobernantes que no redujeran recursos ni recortaran presupuestos en aquellas partidas ministeriales que afectan directamente a todas las familias como son Sanidad, Educación, Dependencia…? Una vez más, los obispos españoles demuestran que les importan más “los asuntos de cama que de lana”, que diría un amigo mío. ¿Dónde están las notas de la Conferencia Episcopal contra los desahucios, el paro, los recortes, las estafas bancarias, etc., etc.? Mejor será que María Santísima interceda por ellos mismos, por los obispos, aunque seguro que lo haría sin mucho convencimiento porque los obispos españoles no tienen remedio, son de un pretérito desacostumbrado incluso para ella.

@ Francí Xavier Muñoz, 2012
No me busques que me encuentras
Cuitas e ideas de un soñador desvelado. Vol. II

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