martes, 9 de diciembre de 2008

CARTAS AL DIRECTOR - No es lo mismo (Público, 8-12-2008)

No es lo mismo

Josep Ramoneda afirmó que sería grotesco recurrir al Tribunal Constitucional un texto reformado y aprobado en referéndum y, por analogía, se pregunta si no sería razonable que el Alto Tribunal no sentenciara en el caso de un Estatuto de Autonomía reformado y aprobado también en referéndum.
En primer lugar, una Constitución no se puede recurrir al Tribunal Constitucional, porque lo que contiene es plenamente constitucional, guste más o guste menos.
Y en segundo, las Cortes, como poder constituido o legislativo ordinario, pueden convocarse a sí mismas como poder constituyente derivado, es decir, como poder de reforma y, por lo tanto, modificar la Constitución, siguiendo los procedimientos contemplados en ella.
En ese supuesto de reforma constitucional, las Cortes son la representación de la voluntad general y de la soberanía popular, lo que no ocurre en su función legislativa ordinaria, con la que representan sólo la voluntad general del pueblo. No hay analogía posible con los estatutos de autonomía, pues estos son leyes orgánicas, aunque haya que ratificarlos por referéndum y, por lo tanto, son normas primarias, pero no supremas; de ahí que estén supeditadas a la Constitución y no puedan sobrepasarla. Y, si se recurren, hay sentencia.

Francí Xavier Muñoz / Madrid

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