El líder de CIU amenaza con un referéndum sobre el proyecto de Estatut aprobado por el Parlament de Cataluña en 2005, si el Tribunal Constitucional recorta el Estatut aprobado por las Cortes Generales y recurrido al alto tribunal por el PP y el Defensor del Pueblo. Se argumenta que lo refrendado por el pueblo no puede ser modificado por un tribunal. Bien saben los partidos catalanistas que las reglas de juego establecidas en la Constitución de 1978 no son esas, pues todas las democracias europeas continentales se dotaron en el pasado siglo de un sistema de justicia constitucional concentrado, que supone la existencia de los tribunales constitucionales para, entre otras cosas, dirimir si las leyes aprobadas en los parlamentos respetan o sobrepasan las constituciones. La voluntad general del pueblo español, representada en las Cortes y en las asambleas autonómicas, está limitada por la función principal que tiene asignada el Tribunal Constitucional, que es la suprema interpretación de la constitucionalidad de las leyes estatales y autonómicas. Esto lo saben bien las Comunidades Autónomas, pues recurren al alto tribunal cuando entran en conflicto con otras instituciones del Estado. La culpa, por tanto, no es del Constitucional, sino de quien ha recurrido el Estatut ante él.
© Xavier Muñoz, 2008
Cartas al Director y un grito desesperado. Vol. III
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