Todos debemos apoyar la iniciativa puesta en marcha en la página http://www.salvemosnumancia.org/ para que la UNESCO declare el yacimiento celtíbero de Numancia como Patrimonio de la Humanidad y, así, protegerlo de los diferentes proyectos urbanísticos que, a su alrededor, amenazan su conservación. Próximamente estará disponible en dicha página la recogida de firmas electrónicas. Sin embargo, la polémica suscitada en torno a quién tiene la responsabilidad de preservar dicho yacimiento merece algunas puntualizaciones. En la página web de esta iniciativa se alega el Art. 46 de la Constitución española, que dice: Los poderes públicos garantizarán la conservación (…) del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. (…). El problema es que este artículo habla de poderes públicos, y en ese concepto genérico caben todos al unísono -estatal, autonómico y local- o sólo alguno de los tres. El Ministerio de Cultura alega que la responsabilidad en la materia la tiene la Junta de Castilla y León. La UNED, que también está detrás de la iniciativa conservacionista, alega que corresponde al Estado proteger los bienes culturales. Y en medio, Ayuntamiento de Soria y Junta, se reparten el desaguisado de los futuros proyectos. El Art. 148.1 de la Constitución permite a las Comunidades Autónomas asumir competencias en diferentes materias; entre ellas, las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio, la gestión en materia de protección del medio ambiente y el patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma. Sin duda, la Junta de Castilla y León habrá asumido, en su día, estas materias. Por otro lado, el Art. 149.1 de la Constitución declara competencia exclusiva del Estado la defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación (…). Quizá, por eso, al Ministerio de Cultura no le falte razón en alegar que no tiene competencia en este asunto pues, de momento, esos proyectos urbanísticos no suponen la expoliación del yacimiento celtíbero de Numancia. Pero que una administración autonómica o local pueda relajar el celo ante la protección del patrimonio cultural y la administración estatal no pueda intervenir, pone de manifiesto que el Estado de las Autonomías adolece de algunos fallos que hay que corregir. En esta materia, como en urbanismo, medio ambiente, sanidad y educación, la Constitución debería reservar al Estado la posibilidad de corregir la actuación de una Comunidad Autónoma o de una Corporación Local, siempre y cuando la gestión en alguna de esas materias suponga el retroceso o la minusvaloración de derechos, la destrucción de bienes o la inacción ante arbitrariedades que en otros territorios, por el contrario, se protegen o preservan; pues de lo contrario, llegará un día en que esa pretendida igualdad de todos los españoles ante los derechos, deberes y libertades que la Constitución reconoce y garantiza, no será tal en algunas materias, ante la creciente diferencia que, en algunos servicios, ofrecen unas u otras administraciones autonómicas o locales.
© Francí Xavier Muñoz, 2008
Cuitas e ideas de un soñador desvelado. Vol. I
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